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Trabajadores tienen al menos dos horas para ir a votar

De acuerdo a la Ley n.º 17.113, todo empleador está obligado a brindar a sus trabajadores el tiempo suficiente para ir a votar en el próximo referéndum, a celebrarse el domingo 27 de marzo.

Actualidad Redacción 220.UY Redacción 220.UY

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La norma señala que "los funcionarios públicos, propietarios, directores y administradores de establecimientos comerciales o industriales y todo patrono, deberán conceder a los inscriptos habilitados para votar, que estén bajo su dependencia, un término no menor de dos horas para que concurran a votar en sus respectivos circuitos, sin perjuicio de los haberes o jornales que les correspondan".

El tiempo proporcionado podrá extenderse, según el caso, y podrá utilizarse para votar donde se está radicado. En caso contrario, deberá realizarse el traslado.

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