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Corte Electoral efectúa el contralor de la obligación del voto

Dicha disposición había sido reiterada antes de las elecciones donde se ponía énfasis en la obligatoriedad del voto con las multas correspondientes para cada caso.

Actualidad Redacción 220.UY Redacción 220.UY

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Este lunes 9 de diciembre, la Oficina Electora de Soriano reiteró que: de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, se efectuará el contralor de la obligación del voto a partir de los ciento veinte días siguientes de realizado cada acto eleccionario.

La Corte Electoral resolvió: que el contralor de la obligación del voto en las elecciones nacionales del 27 de octubre de 2019 y en la segunda elección celebrada el 24 de noviembre de 2019, se deberá efectuar a partir del 23 de marzo de 2O2O y durante los ciento veinte días siguientes, en los casos, formas y condiciones regulados por la Ley N" 16.017, de 20 de enero de 1989, y demás disposiciones legales concordantes y complementarias".

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