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Nueva figura jurídica: las sociedades por acciones simplificadas

A sala llena, expusieron en el Hotel Radissom, representantes de DGI, BPS, Dirección Nacional de Registro y Auditoría Interna de la Nación, para hablar sobre qué implica para los contadores esta nuevo tipo societario.

Actualidad Redacción 220.UY Redacción 220.UY

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Este jueves, el Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay (CCEAU), abrió nuevamente las puertas de su sede para llevar a cabo el evento “Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), un enfoque para Contadores, nuevas normas y reglas”.

Durante la actividad —que tuvo una asistencia multitudinaria— expusieron sobre el tema representantes de la Dirección Nacional Impositiva (DGI), de la Dirección Nacional de Registro, del Banco de Previsión Social (BPS) y de la Auditoría Interna de la Nación.

La tesorera del CCEAU, Cr. Virginia Romero, explicó que ni bien salió la el decreto reglamentario de las Sociedades por Acciones Simplificadas — tal como es costumbre en el CCEAU— decidieron hacer eventos para que los asociados pudieran estar actualizados. “En este caso, la Comisión de Sociedades Comerciales del CCEAU ha organizado este evento con una asistencia multitudinaria, lo que demuestra el interés de los colegas de estar siempre al tanto de las últimas actualizaciones, lo que es necesario para nuestra profesión”, aseguró Romero.

En el caso de la expositora Betty Perdomo, encargada del registro de personas jurídicas de la Dirección Nacional de Registro, su charla consistió en explicarles a los contadores los aspectos prácticos en los que ellos podrían tener mayor participación en referencia a las Sociedades por Acciones Simplificadas.

“Me parece sumamente interesante que el CCEAU haga estos eventos porque siempre los temas nuevos requieren de una formación y es sumamente interesante y útil”, dijo Perdomo.

Otro de los conferencistas, el Cr. Álvaro Romano, representante de la Dirección Nacional Impositiva, analizó los aspectos tributarios de la ley de Sociedades por Acciones Simplificadas para ver cuáles eran las implicancias tributarias que tiene realizar negocios a través de ese nuevo tipo societario.

“Me parece que es fundamental que una asociación como el CCEAU esté a la vanguardia en la realización de este tipo de eventos en beneficio de sus asociados para permitirles una actualización permanente y constante en lo que son las nuevas modificaciones y los nuevos desafíos que el ejercicio de la profesión nos implica a todos los egresados”, expresó Romano.

Consideró que el nacimiento de este nuevo tipo societario representa un evento relevante para la actuación de los profesionales en el área de las Ciencias Económicas porque presentan una serie de ventajas respecto de otros tipos jurídicos. “Se prevé que gran parte de la actividad comercial se encause en este nuevo marco jurídico”, indicó Romano.

El Dr. Pablo Pazos, integrante de la asesoría tributaria y recaudación del BPS, explicó durante su conferencia cuál era la responsabilidad tributaria de los accionistas, de los integrantes y del personal dependiente que van a tener las Sociedades por Acciones Simplificadas.

“Analizamos cómo tienen que realizar el aporte correspondientes a contribuciones especiales de seguridad social, cuál es la base de cálculo correspondiente al tributo y las alícuotas correspondientes”, indicó.

Y agregó: “Me parece que este evento es absolutamente relevante: la ley es de setiembre del año pasado y ya tenemos un montón de Sociedades por Acciones Simplificadas vigentes, registradas en nuestro organismo, y suponemos que esto es exponencial, cada vez van a haber más Sociedades por Acciones Simplificadas. Por lo tanto, la valoración que tenemos es que este evento es fundamental para que los profesionales sepan cuál es el tratamiento que los diferentes organismos le vamos a dar a este tipo societario”, sostuvo Pazos.

Por último, la Esc. Inés Cobas, de la Auditoría Interna de la Nación, habló sobre la fiscalización estatal en las Sociedades por Acciones Simplificadas. “Nos propusimos abordar el tema desde tres ejes que son competencia de la Auditoría Interna de la Nación. Uno  que ya está rigiendo que es el que tiene que ver con la obligación de informar la titularidad y el beneficiario final al Banco Central, y otros dos que rigen a partir del año que viene, que tiene que ver con la obligación de registrar los estados financieros en el Registro de Estados Contables a cargo de la Auditoría Interna de la Nación y luego los controles específicos que consagra el artículo 10 de la ley 19.820, que es específicamente relativo a este tipo de sociedades, desmarcado de lo que son las obligaciones de las Sociedades Anónimas”, indicó Cobas.

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