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Secretaria del Deporte anunció reaperturas parciales a partir del lunes 24

Habilitar entrenamientos y prácticas en espacios cerrados, individual o colectivo, en tanto cumplan varias obligaciones....

Actualidad Redacción 220.UY Redacción 220.UY

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La Secretaria Nacional del Deporte informó resolución sobre la liberación del entrenamiento individual y colectivo al aire libre y en espacios cerrados.

En virtud de lo dispuesto por el Poder Ejecutivo por Decreto N° 144/021, la Secretaria
Nacional del Deporte ha resuelto adoptar las siguientes medidas, las cuales regirán a
partir del día 24 de mayo del corriente:
1) Habilitar entrenamientos y prácticas de deporte amateur, al aire libre, individual o
colectivo, con la consecuente obligación de mantener cerrados los vestuarios.
Esta habilitación no incluye competencias oficiales.
2) Habilitar entrenamientos y prácticas en espacios cerrados, individual o colectivo, en
tanto cumplan las siguientes obligaciones:
A) se mantenga un aforo máximo equivalente al 30% (treinta por ciento) de Su
capacidad máxima;
B) que cada persona no permanezca más de 1 (una) hora en el recinto;
C) no se utilicen los espacios destinados a vestuarios o a usos similares;
D) las personas físicas y jurídicas propietarias o administradoras de gimnasios o
lugares cerrados donde se practique la actividad, hayan proporcionado los datos
identificatorios (a través de la página web www.gub.uy/snc), y designado oficial de cumplimiento todo conforme lo previsto por Resolución N° 173/21 de 20 de mayo de 2021 del Secretario Nacional del Deporte.

Esta habilitación no incluye competencias oficiales.
3) Habilitar el uso de piscinas en espacios cerrados exclusivamente para la
rehabilitación o uso terapéutico, en tanto cumplan todas las obligaciones enunciadas en
el numeral 2do. del presente comunicado.
Esta habilitación incluye el uso de espacios destinados a vestuarios o usos similares
con un aforo máximo del 30% (treinta por ciento) de su capacidad máxima y con la
obligación de un máximo de 15 (quince) minutos de permanencia en los mismos por
persona.

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