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Ver documento: El alcance del Anteproyecto de Ley de Reforma de la Seguridad Social

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Uruguay - Presidencia 342142

Este viernes 29 de julio el gobierno nacional dio a conocer el alcance del Anteproyecto de Ley de Reforma de la Seguridad Social, lo que catalogó de "sistema sostenible y más solidario".

Dentro de las disposiciones generales y en su capítulo I destaca que: el sistema previsional que se establece por la presente ley está conformado por una pluralidad de pilares integrados, a partir de un régimen obligatorio de naturaleza mixta que recibe las contribuciones obligatorias y otorga las prestaciones en forma combinada, una parte por el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional y otra por el régimen
de jubilación por ahorro individual obligatorio (artículo 4, Ley Nº 16.713, de 3 de setiembre de 1995), sin perjuicio de las demás modalidades de incorporación, financiamiento, reconocimiento de derechos y entrega de beneficios.

Integra también el sistema previsional el pilar de regímenes voluntarios y
complementarios (Título VI).
Los derechos que se generen por el sistema previsional se podrán suplementar, en su
caso, mediante el suplemento solidario regulado por el Capítulo IV del Título VII de la
presente ley, sin perjuicio de las prestaciones no contributivas por vejez e invalidez y su
adicional (Capítulos II y III del Título VII).
Artículo 2. (Principios del Sistema Previsional Común).
El derecho a la cobertura previsional integra el derecho humano a la seguridad social
reconocido en la Constitución de la República y los tratados internacionales de derechos
humanos ratificados por el Estado uruguayo.
El sistema previsional que se establece se regirá por los siguientes principios:

VER ANTEPROYECTO COMPLETO.

anteproyecto_reforma_seguridad_social.pdf

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