


Se reiteró pauta vigente para la realización de fiestas y eventos en el marco de la pandemia de la Covid 19
La duración máxima total del evento es de 4 horas, no permitiéndose el fraccionamiento de un mismo evento en dos o más partes de cuatro horas cada una, en la misma jornada.
Actualidad29/06/2021
Redacción 220.UYCompartir








El documento aplica a todos los establecimientos habilitados para realizar fiestas/eventos, encontrándose en continua revisión en función de la evolución y nueva información que se disponga de la evolución de la Pandemia.
De acuerdo a la resolución de la Secretaría de Presidencia 233/20201, los protocolos de las diferentes actividades, son evaluados desde el punto de vista sanitario por el Ministerio de Salud Pública y posteriormente aprobados por el Poder Ejecutivo. Una vez aprobado los protocolos no se requiere de autorizaciones y/o habilitaciones especiales por parte del Ministerio de Salud Pública, debiéndose ajustar al mismo.






AFORO Y DURACIÓN DEL EVENTO
-Teniendo en cuenta las características de los locales, desde el 19 de noviembre/2020 se encuentra autorizado un aforo de hasta 80 personas en salones cerrados y hasta 100 personas en espacios exclusivamente abiertos (todas las locaciones se encuentran al aire libre durante todo el transcurso
-La duración máxima total del evento es de 4 horas.
-No se permite el fraccionamiento de un mismo evento en dos o más partes de cuatro horas cada una, en la misma jornada.
VENTILACIÓN DEL LUGAR
-En los espacios cerrados se debe garantizar una adecuada ventilación en forma permanente, abriendo aberturas contrapuestas de forma que el aire circule y se recambie. De lo contrario, deberá garantizarse la ventilación cada 20 minutos o a través de equipos con sistemas de aire que inyecten el mismo desde el exterior. Los equipos de aire acondicionado deberán mantener bloqueado el sistema de reciclado de aire interno. Los salones que no puedan garantizar una adecuada ventilación estarán inhabilitados de realizar eventos.
CONTROLES AL INGRESO:
-Todas las personas deberán usar mascarilla facial en lugares abiertos y cerrados en todo momento, salvo en las instancias de ingesta de alimentos o bebidas.
-Se sugiere que se haga especial referencia y exhortación dirigida a la población de riesgo (mayores de 65 años, así como los portadores de comorbilidades), para que no concurran a los eventos. A tal efecto, puede consultarse el listado de comorbilidades, el cual se encuentra disponible en el Anexo 1 del documento del MSP en la web de Presidencia y/o MSP. 2 En caso de que concurran personas mayores de 65 años o que presenten comorbilidades, se sugiere disponer un espacio especial para estas, siendo ubicadas en mesas con menor número de integrantes, evitando las áreas concurridas.
-Al ingreso se recomienda realizar control de temperatura a los empleados e invitados. Se sugiere adjuntar un Procedimiento que describa cómo se implementará, quien será el encargado, cómo se entrenará al mismo, indicando cuál es el valor de temperatura corporal que se considerará elevado (mayor a 37,3º C) y qué conducta se tomará con aquellas personas en que se constaten cifras superiores a las referidas.
-El ingreso y egreso de las personas se realizará en forma ordenada para evitar aglomeraciones.
-En los lugares de ingreso y en las áreas comunes, deberán estar disponibles dispensadores de alcohol en gel (de preferencia de accionar con el pie) para la higiene de manos de los asistentes. No se aconseja que los mismos se dispongan en las mesas de invitados.
-Como mecanismo de trazabilidad, se deberá disponer de un listado con nombre y teléfono de los trabajadores e invitados que concurran al evento, a fin de facilitar la identificación de contactos en caso que se genere un brote. Toda la información recogida estará amparada según las condiciones previstas por la Ley N° 18.331 (protección de datos personales). Este listado deberá conservarse durante 30 días, pudiéndose destruir posteriormente.
ASPECTOS LOCATIVOS
-En referencia al armado de los salones las mesas se deben colocar respetando la distancia de 2 metros entre sillas de mesas contiguas y no encontrarse enfrentadas, siguiendo las pautas del Protocolo Cambadu3. No se encuentran habilitados otro tipo de mobiliarios, ej. armado de living.
-De acuerdo al protocolo Cambadu, se mantiene vigente el no uso de servilletas de tela.
-Las mesas podrán tener un máximo de 8 personas, siempre que sean de la misma familia o pertenecientes a grupos de contactos habituales (“burbujas”), menores de 65 años y sin comorbilidades.
-De asistir al evento personas mayores de 65 años o que presenten comorbilidades serán ubicados en mesas de hasta 4 personas, salvo que la mesa esté ocupada exclusivamente por una familia conviviente.
SERVICIOS DE GASTRONOMÍA
-Los servicios buffet, salad bar y mesas de postres, podrán habilitarse en caso de que dispongan de una mampara separándolos del público y que sean servidos exclusivamente por el personal, sin compartir implementos.
-No se permite colocar platinas con servicio de lunch o similar sobre las mesas, ni transitar o circular con bandejas para que las personas se sirvan de las mismas, de modo de evitar la manipulación de alimentos. Continúan vigentes las pautas iniciales, indicándose que el servicio de platos principales sea servido directamente en las mesas a cada uno de los invitados, por parte del personal.
Podrán disponerse barras de bebida o similares en los espacios exteriores o carpas abiertas por los cuatro lados siempre que se mantenga el distanciamiento físico establecido entre personas, evitando su aglomeración.
HIGIENE
-Los locales y Servicios deberán contar con un Procedimiento de limpieza, desinfección y eliminación de residuos en que se detallen insumos, productos, horarios, frecuencia, equipamiento que usará el personal de limpieza, personal encargado y planilla de control. A tales efectos se puede consultar el Anexo 2 del Documento MSP disponible en la web de Presidencia.4
-Los baños deberán disponer en forma permanente de papel higiénico, jabón líquido y/o alcohol en gel, toallas de papel descartables, papelera con tapa de accionar con el pie para desechos. La frecuencia de higiene de los mismos se debe realizar como máximo cada 15 minutos. Se deberá así mismo definir la cantidad máxima de personas que pueden ingresar al mismo tiempo, en función del tamaño y disposición de los mismos, asegurando el distanciamiento mínimo de 2 metros radiales entre las personas. Se recomienda colocar un cartel informando el aforo máximo permitido en los mismos.
BAILE Y ESPECTÁCULOS
-Hasta la fecha no está autorizada la instancia de baile.
-Si se realizan espectáculos artísticos, la distancia entre artistas y público debe ser de al menos 5 metros. Si el espectáculo incluye canto, esta distancia se debe incrementar a 7 metros. La duración del espectáculo se podrá ajustar a los protocolos aprobados para tal fin (duración del espectáculo artístico de 1 hora 30 minutos), permaneciendo los invitados en sus mesas.
-Todos los Salones de Fiestas y Eventos deberán disponer de oficiales de cumplimiento a los efectos de controlar las medidas propuestas.
-Las presentes disposiciones, deberán estar en conocimiento de los responsables del evento y sus invitados.







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