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Junta aprobó Ordenanza para regular la defensa, conservación y mejoramiento del arbolado público

Durante las mociones previas, cuyo resumen irá en próximo comunicado, se realizó homenaje en memoria del ex intendente Holf Caresani Mesa, fallecido recientemente.

Política Redacción 220.UY Redacción 220.UY

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La Junta Departamental de Soriano celebró una nueva sesión ordinaria quincenal, tramitando la totalidad de los expedientes que integraban el orden del día.

Se destaca la aprobación de la Ordenanza para regular la defensa, conservación y mejoramiento del arbolado público y especies significativas, que elevara oportunamente la Intendencia de Soriano, la que ahora deberá reglamentarla.

Durante las mociones previas, cuyo resumen irá en próximo comunicado, se realizó homenaje en memoria del ex intendente Holf Caresani Mesa, fallecido recientemente.

En ese sentido se refirieron a su personalidad, los ediles Heber Scirgalea, Nilda Costa y Luis Ciganda, proponiendo este último la realización de un minuto de silencio y voto de aplauso, lo que se cumplió.

En las previas también hubo referencias al proceso electoral que vive el país y felicitaciones para los tres diputados electos por el departamento.

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Aportes sobre algunos expedientes

En otro orden, hubo aportes de varios ediles en el tratamiento de algunos expedientes.

Se corrigió el decreto sobre el planteamiento del edil Luciano Andriolo, reclamando apoyo para todos los deportistas de Soriano, el que será remitido al Ejecutivo Departamental y también a la Secretaría Nacional de Deportes.

El edil Raúl Bruno aclaró respecto a su propuesta de colocación de dos bancos pintados de rojo, como forma de concientizar sobre el aumento de los femicidios, señalando que los mismos debieran estar instalados en plaza Independencia y en la rambla y el escrito en su respaldo sería “En memoria de todas las mujeres asesinadas por aquellos que decían amarlas o simplemente por ser mujer”.

En cuanto a la solicitud de vecinos de Dolores, presentada por el edil Roque Maciel, de instalación de una terminal de minibús, el edil Luciano Andriolo sugirió ampliar la propuesta para que sea definitivamente una terminal de ómnibus.

También se debatió, con participación de varios ediles, sobre el planteamiento del edil Juan Rey, presentando reclamos de vecinos del barrio Nuevo Amanecer, por instalación de focos de alumbrado en calle paralela a Cañada de los Hornos, haciendo referencia a la intervención integral que la Intendencia ha venido cumpliendo en dicho barrio, por un lado y por otro sugiriéndose que se instalaran focos solares.

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Resoluciones sobre los temas del Orden del Día

Fue aprobada la Ordenanza para regular la defensa, conservación y mejoramiento del arbolado público y especies significativas, elevada por la Intendencia de Soriano, la que quedó redactada de la siguiente manera:

“Artículo 1.- El objeto de la presente Ordenanza es dotar a la Intendencia de Soriano de un marco normativo que regule la defensa, conservación y mejoramiento del arbolado público y especies significativas de todo el departamento.

Artículo 2.- El Departamento de Arquitectura y Ordenamiento Territorial, a través de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos tendrá los siguientes cometidos: a) Asesorar al Intendente, Municipios, Juntas Locales y Direcciones Generales que así lo soliciten, lo concerniente al desarrollo, fomento, planificación, mejoramiento y contralor de la forestación en tierras públicas del departamento de Soriano. b) Coordinar con Organismos Nacionales competentes en la materia las acciones conducentes a promocionar la forestación en el departamento. c) Administrar, conservar y utilizar el patrimonio forestal público municipal del departamento, de acuerdo con las disposiciones de esta Ordenanza. D) Asesorar al Intendente respecto de las solicitudes de corte parcial o total de árboles que formulen los interesados, de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza. e) Desarrollar campañas a través de medios de difusión, de educación extracurricular y promoción, dirigida a la población en general, tendiente al conocimiento de la situación del arbolado, sus necesidades, conservación y las medidas de manejo de especies dispuestas, así como de las normas y disposiciones que se adopten. f) Difundir las normas y disposiciones referentes al manejo de los árboles y bosques, asimismo realizar instancias de capacitación para el personal municipal afectado a las tareas referidas al objeto de esta Ordenanza. g) Gestionar todo lo relativo al arbolado en los espacios públicos del departamento. h) Promover el conocimiento y la plantación en los espacios públicos de especies nativas, adecuadas al sitio como forma de aumentar la biodiversidad en los ambientes urbanos y suburbanos, sin excluir el uso de especies exóticas en caso de ser conveniente su utilización según informe de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos. Se entiende por especies nativas, indígenas o autóctonas aquellas que pertenecen a una región o ecosistema determinados y su presencia en esa región es el resultado de fenómenos naturales sin intervención humana.

Artículo 3.- Forestación, Poda, Raleo, Corte y Reposición. A los efectos de la presente Ordenanza, se entiende por corte o apeo la extracción total del árbol por encima del suelo.

Artículo 4.- A los efectos de la presente Ordenanza se entiende por raleo aquellas operaciones de corte selectivo de árboles para mejorar la calidad de los ejemplares remanentes.

Artículo 5.- A los efectos de la presente Ordenanza, se entiende por podas aquellas operaciones de cortes de ramo de un árbol que: eliminen las partes secas del árbol, eliminen ramas que estén causando o puedan causar algún tipo de daño, para mejorar la calidad de la forma del ejemplar, para modificar el hábito de floración o para mejorar la calidad de la madera.

Artículo 6.- La forestación de los espacios públicos del departamento estará a cargo del Departamento de Arquitectura y Ordenamiento Territorial a través de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos, pudiendo los Municipios realizar forestaciones previa coordinación con dicha Dirección. Se podrá además, autorizar a particulares a forestar en espacios públicos (plazas, canteros, veredas, etc.) previa autorización y asesoramiento de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos.

Artículo 7.- Se desestimularán las podas drásticas realizadas sistemáticamente (desmochados, terciados, rebaje de altura) ya que éstas van en desmedro del buen estado fitosanitario del ejemplar, salvo en caso de necesidad para disminuir riesgos en ejemplares de grandes dimensiones, cuando hubieran sido afectados por poda de raíces o cuando la División Parques y Jardines y Paseos Públicos así lo sugiera.

Artículo 8.- Cuando la poda sea realizada debido a la normal prestación de los servicios de UTE, ANTEL, OSE, en cuanto correspondiere u otro Organismo Público o Privado que tenga competencia en la prestación de servicios públicos, se velará por realizar la tarea sin deformar el ejemplar, buscando el equilibrio y la buena conformación de la copa. Para el caso de que se solicite realizar la poda por parte de algunos de estos Organismos debe ser coordinada y supervisada por División Parques y Jardines y Paseos Públicos.

Artículo 9.- Se respectará la época de podas, que va desde mayo a agosto, salvo podas correctivas menores o de especie que así lo requiera, quedando dedicado los trabajos de arbolado fuera de esta época, al apeo de los ejemplares que cuenten con informe técnico de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos en casos especiales que así lo ameriten.

Artículo 10.- Toda intervención a los árboles del ornato público, requerirá la previa autorización de la Intendencia, con informe favorable de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos, la que será concedida cuando se reúnan las siguientes circunstancias: a.- Para eliminación de ejemplares arbóreos muertos, débiles gravemente mutilados, o aquellos que sean potenciales causantes de daños a bienes propios o de terceros, así como ante un eventual riesgo de caída o superposición de especies. b.- Para efectuar obras de mejora de la infraestructura de la ciudad, en las áreas afectadas por la obra y el obrador que a tales efectos se instale, pudiendo darse intervención en caso de discrepancias a los servicios técnicos de la Comuna. c.- Cuando entorpezca la normal prestación de los servicios de UTE, ANTEL, OSE, en cuanto correspondiere u otro Organismo Público o Privado que tenga competencia en la prestación de servicios públicos.

Artículo 11.- Todo corte o poda de árboles pertenecientes al ornato público será realizado por personal de la Intendencia, Municipios o un particular con autorización de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos, debiendo el interesado realizar la correspondiente solicitud a través de expediente municipal. La madera y restos vegetales en general, producto de los cortes, podas, raleos, etc. que se realicen por las cuadrillas de la Intendencia deberán ser aprovechados, en caso contrario será responsabilidad de la Intendencia su disposición final. Cuando las podas, raleos, etc. sean realizadas por una empresa privada, convocada por llamado abierto a prestar servicio a cambio del producto maderable, esta podrá quedarse con el total de lo que produzca como contrapartida por la tarea, debiéndose hacerse cargo de los restos de podas y raleos.

Artículo 12.- Toda autorización de corte de un árbol del ornato público, realizada por particulares, implicará automáticamente la obligación a cargo del solicitante de reponer el ejemplar extraído más otro, de acuerdo al informe técnico de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos, dejar la zona limpia de restos vegetales, hacerse cargo de las coordinaciones necesarias con los organismos que correspondieren y de los daños y perjuicios que eventualmente puedan ocasionar durante estos trabajos.

Artículo 13.- Todo corte de un árbol del ornato público realizado por la Intendencia a solicitud del gestionante, implicará la obligación a cargo de éste último de reponer el ejemplar extraído más otro, de acuerdo a informe técnico de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos.

Artículo 14.- Toda obra de infraestructura que afecte el ornato público debe contar con un plan de intervención al arbolado, el que será aprobado por el Departamento de Arquitectura y Ordenamiento Territorial a los efectos de la reposición del arbolado afectado, siendo responsabilidad de las empresas las plantaciones posteriores. Asimismo, cuando afecten los ejemplares con cortes de raíces estas quedarán automáticamente responsabilizadas de realizar la correspondiente poda de terciado cuando la especie y el ejemplar lo admita y requiera, para eliminar riesgo de caída y favorecer la recuperación del mismo, siendo las mismas responsables en caso de siniestro o accidente que se derive de la no actuación en este sentido.

Artículo 15.- Aquellos predios urbanos o suburbanos, cuando la Intendencia en resolución fundada vinculadas a razones de gestión de riesgos lo determine, deberán llevar a cabo y a su costo, las operaciones de corte, limpieza, raleo o poda que el arbolado requiera, en los plazos que se definan en cada caso.

Artículo 16.- Protección del Bosque Nativo. En el marco de una estrategia de conservación y recuperación del bosque nativo la Intendencia desarrollará campañas de sensibilización y conocimiento del bosque nativo, donde se den a conocer y valorar los servicios ecosistémicos de este, la situación actual en cuanto a su conservación y la desestimulación a la utilización de su madera como leña, haciendo énfasis en caso de su uso en la visibilidad de las guías correspondientes en el mercado donde se hubieren adquirido.

Artículo 17.- Inventario de ornato público. Será responsabilidad de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos la creación de un inventario del ornato público y su correspondiente actualización.

Artículo 18.- Inventario de especies de árboles y plantas significativas. Créase la Comisión Honoraria de Protección Patrimonial de especies de árboles y plantas significativas del departamento de Soriano, estando integrada por dos representantes de la Intendencia y tres de la Junta Departamental.

Artículo 19.- Será competencia de la citada Comisión, la creación de un inventario de especies de árboles y planeas significativas que se encuentren en los bienes de uso público del departamento, y que por su ubicación, porte, edad o vinculación con hechos históricos, culturales o sociales la Comisión entienda que existe mérito para su inclusión. El propietario, o su representante legal, de un bien particular podrá, de forma voluntaria, solicitar se incluya en el inventario toda especie de árbol o planta ubicada dentro de su propiedad que a su juicio entienda cumpla con lo previsto por la presente Ordenanza. La Comisión evaluará la solicitud y se pronunciará al respecto, debiendo evaluar si cumple con los recaudos del presente artículo, pudiendo solicitar la información complementaria que crea conveniente.

Artículo 20.- Recaerá sobre toda especie de árbol o planta, que sea incluida en el inventario previsto en el artículo 18, la correspondiente declaratoria de Interés Departamental en cuanto a su protección y cuidado, en el caso de ser necesario su poda deberá realizarse con el informe favorable y bajo la supervisión de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos de la Intendencia. En caso de muerte del ejemplar la Comisión evaluará la pertinencia de preservar los restos del mismo.

Artículo 21.- Será obligación de la Intendencia la identificación, con la correspondiente señalización, de cada especie que se encuentre incluida en el inventario del artículo 18 informando la declaratoria de Interés Departamental que ostentan.

Artículo 22.- Se podrá retirar toda especie incluida en el inventario cuando represente riesgos para la seguridad de las personas o bienes, debiendo constar con el informe favorable de la División Parques y Jardines y Paseos Públicos o Departamento correspondiente de la Intendencia. Cuando los motivos sean por la necesidad de realizar obra pública se accederá siempre y cuando se acredite la imposibilidad de realizar un plan alternativo, siendo potestad de la Comisión evaluar la pertinencia del pedido. En caso de accederse al retiro de la especie solicitada será de aplicación la obligación prevista por el artículo 13.

Artículo 23.- Sanciones. Ante cualquier incumplimiento a lo previsto en la presente ordenanza será de aplicación lo previsto en el artículo 7 de la Sección III -VARIOS- del Capítulo 5 – Disposiciones Varias de la Recopilación Impositiva Municipal.

Artículo 24.- La Intendencia de Soriano reglamentará la presente Ordenanza”.

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El planteamiento del edil Luis Rico, solicitando se incluya en el nomenclátor de la ciudad de Dolores el nombre del Escribano Francisco Mario Capano, será remitido a la Intendencia y al Municipio de la mencionada ciudad, para su estudio y consideración.

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A los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y de Turismo, para que sea estudiado y considerado, será enviado el planteo del edil Raúl Bruno, sugiriendo se exonere de peaje a autos y camionetas familiares con matrículas extranjeras.

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El planteamiento del edil Roque Maciel, proponiendo una serie de medidas para la temporada veraniega y turística, será derivado al Ejecutivo Departamental para su estudio y consideración.

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El planteo del edil Luciano Andriolo, reclamando apoyo para todos los deportistas del departamento de Soriano, se enviará al Ejecutivo Departamental y a la Secretaría Nacional de Deportes para que, en la medida de lo posible, se pueda incrementar el apoyo a los deportistas en general.

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A la Inspección Departamental de Primaria y a la Coordinadora de los Centros MEC será remitido el planteamiento del edil Gonzalo Barboza, trasladando proyectos del señor Uberfil Viera respecto a “Escritores en las aulas” y sobre el derecho de autor de los escritores en el marco de la Ley 19497.

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Ante la petición presentada por el señor Alfonso Quián, para que se tomen las medidas necesarias para proteger el antiguo resguardo de Aduanas existente en Balneario La Concordia, se sugerirá al Municipio de Dolores la colocación de un elemento recordatorio como testimonio de la existencia del mencionado resguardo.

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Para su estudio y consideración, pasará al Ejecutivo Departamental, el planteamiento del edil Raúl Bruno, refiriéndose al crecimiento de los femicidios y proponiendo se pinten dos bancos públicos de rojo y se le grabe una frase alusiva al tema.

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Fueron aprobadas tres Declaratorias de Interés Departamental. A solicitud de los Centros MEC, Libros del Parque y Departamento de Cultura de la Intendencia de Soriano, para la segunda instancia de la Feria del Libro “Uruguay te Leo”, ya realizada en Mercedes y que se llevará a cabo en la ciudad de Dolores del 25 de noviembre al 1º de diciembre de 2019. A solicitud de Instituciones Organizadoras, para el Segundo Encuentro Regional de Adultos Mayores, a realizarse en Dolores el 15 de noviembre de 2019. A solicitud de la Federación Ciclista de Soriano, para la Vuelta Chaná, que tendrá lugar los días 7, 8 y 9 de febrero de 2020 en nuestro departamento. Los tres expedientes pasan al Ejecutivo Departamental a los efectos correspondientes.

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El planteamiento del edil Leonel Silva, reiterando reclamo de salida de emergencia para el Teatro Artigas de Cardona, tras recibirse un detallado informe de la Dirección de Bomberos, será elevado al Ejecutivo Departamental, para su estudio y consideración.

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También pasará al Ejecutivo Departamental, para conocimiento y consideración, la inquietud de vecinos de Dolores que solicitan creación de una Terminal de llegada y salida de minibús, presentada por el edil Roque Maciel.

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El planteamiento del edil Luciano Andriolo, solicitando reinstalación de cartelería con los nombres de las calles del Barrio Hipódromo y construcción de cantero central o rotonda en intersección del Barrio Aparicio Saravia, pasará a la Intendencia para que sea considerado técnicamente.

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Al Ejecutivo Departamental, para conocimiento y consideración, será enviado el planteo del edil Juan Rey, presentando reclamos de vecinos del Barrio Nuevo Amanecer por instalación de focos de alumbrado en calle paralela a Cañada de los Hornos.

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Fue aprobado el archivo de los siguientes expedientes, por, los motivos que se especifican en cada caso:

ü Planteamiento de la edil Patricia Cáceres, trasmitiendo inquietudes de vecinos de Santa Catalina sobre necesidades en el Centro sobre Rieles. (Ya fue contemplado lo planteado).

ü Planteo del edil Andrés Juri, referido al Catamarán Soriano I. (La inquietud ya fue solucionada).

ü Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal de la Junta Departamental de Soriano. Ejercicio 2018. (Vuelto del Tribunal de Cuentas). (Enterado).

ü Edil Luis Rico eleva planteo tendiente a que OSE adquiera filtros de agua para venderlos a sus clientes y revea el estado de las UPA. (Se recibió informe de OSE sobre el tema).

ü Planteamiento del edil Julio Guastavino, refiriéndose al deterioro del cementerio de Mercedes. (Se recibieron informes de las dependencias municipales correspondientes, mientras el Director de Arquitectura fue recibido en comisión, manifestando que se detuvieron las obras de demolición esperando la finalización de un plan de intervención en la parte edilicia, cuidando el valor patrimonial, mientras que en estos momentos los trabajos que se vienen realizando son de hidrolavado y reparación de veredas).

ü Facundo Moreira solicita se declare de Interés Departamental el 1er. Encuentro Binacional de Danzas “Mercedes Danza 2019”. (No cumple los requisitos de la Ordenanza respectiva).

ü Planteamiento del edil Raúl Bruno, refiriéndose a situación que se diera en camino vecinal cercano al Peaje, por la aparición de baldosas y otros elementos. (Se recibió material fotográfico de UTE, donde se comprueba que la problemática planteada por el señor edil fue solucionada).

ü Planteo del edil Luciano Andriolo, refiriéndose a la problemática que existe con la iluminación en el Barrio Treinta y Tres. (Ya fue solucionada la situación planteada por el señor ed

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