


Tres hombres fueron condenados por hecho registrado en José E,Rodó vinculados a un hurto en un local
Redacción 220.UY







Se recibe en oficinas de seccional Décima – José E. Rodó denuncia por hurto en interior de local.
Denunciante expresa que en horas de la tarde se presentó en su comercio ubicado en calle 12 y calle 7 un desconocido del que aporta características, el cual se identificó como vendedor ambulante y recorrió las instalaciones del lugar retirándose pocos minutos después, constatando la denunciante en ese momento la faltante su teléfono celular marca IPhone modelo 13 el cual había dejado sobre el mostrador.
Según las características aportadas personal Policial inicia de manera inmediata la búsqueda del denunciado, localizándolo en la zona acompañado por dos hombres más, los cuales son trasladados a dependencia Policial para su identificación, constatando tras ser efectuado control de estilo que uno de ellos llevaba consigo el objeto denunciado anteriormente, como así también los dos restantes poseían en su poder varios objetos y documentos los cuales habían sido denunciados momentos antes en dichas oficinas.






De acuerdo con lo expuesto, es enterada la Sra. Fiscal Letrada, de Segundo turno, quien dispone, entre otras cosas, que los tres imputados permanezcan en calidad de detenidos.
Tras ser culminadas instancias ante sede de Fiscalía Departamental, en sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer turno se dispuso la formalización y condena por proceso abreviado respecto de José Nicolás Acosta Barros de 32 años de edad como “autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado y como coautor tres delitos de estafa, todo en régimen de reiteración real” a la pena de dieciséis (16) meses de prisión de cumplimiento efectivo; respecto de E.G.L.A. de 26 años de edad como “autor penalmente responsable de un delito de hurto” a la pena de cuatro (4) meses de prisión a cumplir en el régimen de libertad a prueba; y respecto de J.A.B.A. de 29 años de edad como “autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado y un delito de receptación todo en régimen de reiteración real” a pena de doce (12) meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba.











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