Poder Ejecutivo promulgó la ley sobre horario especial laboral para la vacunación contra el COVID-19

Con la firma del Presidente de la República, Luis Lacalle Pou, el Poder Ejecutivo promulgó la ley 19947 este martes 13 de abril.

Actualidad16/04/2021Redacción 220.UYRedacción 220.UY

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La norma establece que todo trabajador, tanto del ámbito público como del privado, tendrá derecho a un plazo máximo de cuatro horas para concurrir al centro de vacunación, en caso de que haya sido agendado para acudir dentro de su horario laboral.

Cuando la vacunación requiera de dos dosis, se aplicará el máximo de cuatro horas para ambas jornadas.

El trabajador que concurra a vacunarse deberá avisar a su supervisor y tendrá tres días luego de la segunda dosis para justificar su cumplimiento.

La ley 19947  también abarca a aquellos trabajadores que se hayan vacunado previo a su sanción, siempre que sea justificado ante su empleador.

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