


Se fijó protocolo transitorio que regula sanitariamente la realización de actividades hípicas
Se resalta la importancia para la economía local y departamental de las actividades ecuestres en general e hípica en particular, viéndose la necesidad de conservar la fuente de trabajo.
Actualidad20/08/2021
Redacción 220.UYCompartir








En forma transitoria la Intendencia de Soriano fijó protocolos para las actividades hípicas (carreras, jineteadas, raids) que se realicen en el departamento a partir de estos días.






En el texto aprobado por el Intendente de Soriano, y con el aval del Director Departamental de Salud, Dr. Rafael Saráchaga, se indica que en virtud de la emergencia sanitaria nacional, y en la necesidad de continuar con
as actividades deportivas, conciliando el desarrollo de estas con la nueva normalidad y a los efectos de extremar las medidas de prevención de COVID 19, se elaboró dicho protocolo.
Se resalta la importancia para la economía local y departamental de las actividades ecuestres en general e hípica en particular, viéndose la necesidad de conservar la fuente de trabajo que implica para cientos de familias del departamento.
Como fortaleza, puede destacarse, que estas actividades en predios amplios y al aire libre, lo cual permite un adecuado distanciamiento físico y un buen control de las medidas sanitarias implementadas para la prevención del COVID 19.
SOBRE EL EVENTO.
1-En el departamento, la Intendencia de Soriano, autorizará estas actividades en relación directa con la situación socio sanitaria imperante.
2.-El organizador del evento; deberá designar un responsable del cumplimiento sanitario de los protocolos y medidas sanitarias que deban aplicarse. El mismo deberá nominarse en la solicitud para la realización del evento y en la cual deberá lucir nombre,
Cedula de Identidad, teléfono, móvil y domicilio para facilitar su ubicación de ser necesario. Esta persona debe estar presente en el predio en forma permanente, a disposición de la autoridad correspondiente, en caso de ser necesario, mientras la actividad se desarrolla.
3.-AUTORIZACIÓN. Todos los eventos deberán solicitar, par su realización, autorización a la Intendencia de Soriano. Sin perjuicio de ello deberá cumplir con las formalidades que sea de estilo con otras autoridades o dependencias del departamento.,
4- Los eventos deben realizarse totalmente de día ( en horas de luz natural).
5-En caso de que se planifique la salida del estricto formato de la hípica, para realizar otras actividades (baile por ejemplo), deberá comunicarse en la nota de solicitud de autorización y esa actividad extra deberá ajustarse a los protocolos existentes para la misma.
6.-La Intendencia de Soriano y/o la autoridad competente, se reservan el derecho de suspender/cancelar la actividad, en el acto en cuanto no se respeten las reglas sanitarias establecidas o se constituya un comportamiento social que ponga en riesgo la salud comunitaria.
EN CUANTO A LAS MEDIDAS SANITARIAS:
Para ingresar al predio de la actividad, toda persona debe presentar un documento nota en el cual figure nombre, cedula de identidad, numero telefónico de contacto y su
Situación de vacunación. Con estos datos se realizará la trazabilidad en caso de ser necesario.
2-Se contará con dispensadores de alcohol en gel en puntos estratégicos (espacios de mayor circulación y permanencia de personas).
3.-Toda persona que ingrese al predio deberá utilizar tapabocas.
4 No se permitirá el ingreso de personas que estén cumpliendo cuarentena o con hisopados pendientes.
S.-Los servicios higiénicos deben contar con agua, jabón liquido y alcohol en gel.
CANTINA:
6.- Sobre la cantina, queda restringida a la venta de productos autorizados, en un lugar que sea solo expendio, con el retiro inmediato del lugar una vez efectivizado el despacho. No está autorizada la instalación de barras con permanencia de personas realizando consumiciones en ese lugar. Se debe mantener siempre distanciamiento y evitar aglomeraciones.
7.-Todas las personas de la organización afectadas a la atención del publico deberán usar tapabocas y extremar las medidas de protección. Las mismas deberán ser mayores de edad, cumplir estrictamente las medidas de protección y de ser posible tener indemnización completa (vacunas)
IMPORTANTE: el carácter de Transitorio del presente, se extenderá hasta la aprobación del protocolo que se está procesando a nivel del Poder Ejecutivo (MSP) para este tipo de actividades.







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