220.UY | Seguinos en redes

Junta de Soriano aprobó prohibición de pirotecnia sonora a partir del 2021

En el Art. 1º.- Se prohíbe en todo el territorio del departamento de Soriano, la exposición y venta de cualquier tipo de pirotecnia sonora, sea para uso domiciliario o de espectáculos, sean públicos o privados.

Política Redacción 220.UY Redacción 220.UY

Compartir

IMG-20201214-WA0073

En el marco de la sesión plenaria mantenida este lunes 14 de diciembre por la Junta Departamental de Soriano, en el Teatro "28 de Febrero", la edil Mayka Acuña, en nombre de la Bancada de Partido Nacional, presentó un proyecto de Ordenanza de Pirotecnia Departamental, que se incorporó en el segundo punto del Orden del Día y luego de un cuarto intermedio, donde se le introdujo un agregado como artículo 5º, fue aprobado por unanimidad de los 31 ediles presentes en sala.
Durante la interrupción se reunieron los Coordinadores de Bancadas y el Presidente, donde al cabo de 26 minutos de deliberaciones, se dio redacción definitiva luego aprobada unánimemente, tras un debate del que participaron varios ediles.

En resúmen, la Junta Departamental de Soriano aprobó esta Ordenanza que establece en su articulado lo siguiente:
Art. 1º.- Se prohíbe en todo el territorio del departamento de Soriano, la exposición y venta de cualquier tipo de pirotecnia sonora, sea para uso domiciliario o de espectáculos, sean públicos o privados.

Art. 2º.- Queda expresamente exceptuada de esta norma, aquella pirotecnia que sea exclusivamente lumínica (fuegos artificiales), cuyo uso y manejo cumpla con las exigencias estipuladas por el Servicio de Material y Armamento del Ejército y Dirección Nacional de Bomberos.
Art. 3º.- Ante la constatación de incumplimiento de la norma, la Intendencia de Soriano dispondrá la aplicación de multas desde 2UR hasta 200UR, según la gravedad de la infracción.
Art. 4º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los 30 días de su promulgación. 
Art. 5º.- Se deberá promover por parte del Gobierno Departamental, campañas de concientización y difusión sobre los perjuicios de la pirotecnia.
Art. 6º.- La Intendencia de Soriano reglamentará esta Ordenanza.
Art. 7º.- Dese trámite urgente.

Te puede interesar
Lo más visto

220.UY | Más Información

Banner-Estilo-Radio