


TL300 comunica sobre el acuerdo alcanzado en el ámbito judicial
Redacción 220.UY







TL300 comunica sobre el acuerdo alcanzado en el ámbito judicial, que ratifica lo que hasta ahora la Empresa ha venido sosteniendo en cuanto a que es jurídicamente válido el trabajo en día domingo para el PERSONAL ADMINISTRATIVO, no siendo por lo tanto un día de descanso obligatorio como argumentaba para este personal, el SUTCRA y su Comité de Base.
La Empresa presentó en el juzgado el día 12 de febrero para todos los trabajadores administrativos del día domingo, una propuesta para que trabajen dos domingos al mes y descansen los otros dos domingos. Reiteramos esta propuesta fue presentada por la Empresa, el SUTCRA y su comité de base no presentaron absolutamente nada en este ámbito.
Esta propuesta y en el propio acuerdo firmado en el ámbito judicial, refleja el reconocimiento por parte de la delegación sindical a la postura de la Empresa al aceptar, que, para el referido Personal Administrativo, el trabajo efectuado los días domingo es una jornada habitual y común, no siendo considerado entonces como un día de trabajo en día de descanso.






La Dirección
GUBALEN S.A. / DEFINEL S.A.
(Espacio Contratado)











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