


"Operación Océano": Tribunal de Apelaciones respaldó a Fiscalía
La sentencia, redactada por el ministro Alberto Reyes y emitida el 29 de junio, revoca la decisión de la jueza de primera instancia y da la razón a la fiscal Viera.
Nacional04/07/2020
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El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1º Turno, otorgó la razón a la Fiscalía en dos recursos de apelación vinculados a la denominada “Operación Océano” que ya cuenta con 21 personas imputadas básicamente por el delito de retribución o promesa de retribución a menores de edad o incapaces para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo, destacó la Fiscalía de la Nación.






En uno de los casos, el Tribunal revocó una resolución dictada por la jueza penal Diovanet Olivera, quien rechazó la formalización de la investigación contra E.D.G.P. por reiterados delitos de retribución o promesa de retribución a menores para mantener relaciones sexuales.
La Fiscalía de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia Basada en Género de 5º Turno, a cargo de la Fiscal Darviña Viera, apeló esa resolución en el entendido que del contexto y el contenido de las publicaciones en sitios web del imputado y de los chats entre el hombre y la adolescente surge claro el carácter sexual de la conversación y el intercambio de dinero.
La sentencia, redactada por el ministro Alberto Reyes y emitida el 29 de junio, revoca la decisión de la jueza de primera instancia y da la razón a la fiscal Viera.
“En opinión de la A quo, del relato de los hechos por la Fiscalía no sería extraíble conducta típica alguna. En cambio, para la sala, surge de la solicitud transcripta, que allí se describió con grado suficiente, aquello que daba mérito a la conducta típica provisoriamente imputada, al tiempo que fueron enunciados los elementos con los que se contaba para ello: declaraciones de la adolescente y de su madre, así como el análisis de sus redes sociales y del celular”, consideró el tribunal integrado también por los magistrados Sergio Torres y Graciela Gatti.
En otro de los casos, el mismo tribunal rechazó un recurso de apelación presentado por la defensa de H.D.S.N., para quien se dispuso una prisión preventiva de 90 días.
La sentencia, redactada por Reyes y fechada el 29 de junio, considera la medida de prisión preventiva para el imputado adecuada en esta instancia para proteger a las víctimas y testigos y evitar su fuga. El tribunal tuvo en cuenta en este caso que un amigo del imputado llamó a una testigo el día en que fue detenido para solicitarle que mintiera en la causa.




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