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Caja de Profesionales informó cómo se tiene que pagar el fonasa ante subsidios por enfermedad para “evitar que se pague en demasía"

Nacional Redacción 220.UY Redacción 220.UY

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Ante diversas consultas por parte de afiliados activos que están recibiendo subsidios por incapacidad o maternidad, la Caja de Profesionales decidió aclarar las dudas que surgen con respecto al tratamiento del Fonasa. 

“Nos pareció oportuno aclarar porque hemos visto que hay desinformación y lo que queremos es que los afiliados sepan exactamente qué es lo que deben hacer y cómo tienen que proceder con respecto al Fonasa”, expresó Virginia Romero, presidenta del directorio de la CJPPU. 

En ese sentido, aclaró que si el profesional solo ejerce en forma libre, tiene que continuar declarando al BPS su Fonasa. “En este caso, su facturación va a ser $0 y va a pagar el monto mínimo del pago del Fonasa que hoy está en $3.563. En el caso de que esté percibiendo el subsidio por parte de la Caja, el descuento que se le realiza por ese concepto, puede imputarse a cuenta del pago mensual del BPS”, sostuvo Romero, por lo que, a modo de ejemplo, si la Caja le descuenta $563 por concepto de Fonasa, el profesional deberá pagar en BPS solo los restantes $3000. 

“Lo que queremos es que los profesionales que estén en esa situación y que tengan alguna duda en cuanto a su cobertura Fonasa o sobre cuánto deben abonar, se pongan en contacto con la Caja. Pueden consultar en la pagina web que está todo explicado, al igual que en la del BPS”, explicó la presidenta del directorio. 

El objetivo, según dijo Romero, es que los afiliados activos “estén en conocimiento para no perder la cobertura Fonasa y tampoco para pagar en demasía lo que no les corresponde”.

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