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Declaración Jurada de Servicios Personales con plazo que vence el 30 de abril

Están comprendidos en esta obligación los titulares de Servicios Personales con actividad fuera de la relación de dependencia (no profesionales, profesionales y escribanos). 

Actualidad Redacción 220.UY Redacción 220.UY

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Según se informó desde el Banco de Previsión Social (BPS) los titulares de Servicios Personales cuentan con plazo hasta el 30 de abril para realizar la Declaración Jurada Anual Fonasa 2019.

Están comprendidos en esta obligación los titulares de Servicios Personales con actividad fuera de la relación de dependencia (no profesionales, profesionales y escribanos). 

En el sitio web destinado a Servicios Personales se encuentra la información necesaria, así como los videos tutoriales para facilitar el acceso y realización de la declaración.

Acceder a la información de Servicios Personales:  https://bps.gub.uy/4637/

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