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Se incrementa el aforo en salas de teatros y afines

Se requerirá el uso permanente de mascarilla facial y no estará permitida la ingesta de alimentos y bebidas dentro de la sala.

Actualidad Redacción 220.UY Redacción 220.UY

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Teatro 28 de Febrero por dentro

Ante el actual escenario epidemiológico, donde se registra una transmisión comunitaria TC2 (incidencia moderada de casos muy dispersos contraídos localmente en los últimos 14 días), el Ministerio de Salud Pública resolvió a partir del 15 de agosto:
1. Incrementar el aforo sin control de vacunación de un 30% a 45% de la capacidad total de cada sala de teatro y a 66% cuando concurra la totalidad del público con vacunación completa (14 días luego de haber recibido la segunda dosis de la vacuna correspondiente).
2. Incorporar el concepto de “burbuja sanitaria” cuando se trata de grupos familiares convivientes, pudiendo en estas circunstancias sentarse juntos hasta un máximo de 10 personas.
3. Se requerirá el uso permanente de mascarilla facial y no estará permitida la ingesta de alimentos y bebidas dentro de la sala.
4. Se exhorta a tomar las medidas que aseguren una adecuada ventilación, así como, en la medida de lo posible, realizar el control de los niveles de CO2 (dióxido de carbono).

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