En estaciones cerca de frontera: Se mantiene el 24% de descuento en la compra de naftas
A partir del próximo 1° de febrero la reducción del impuesto aplicable a enajenaciones de nafta en estaciones de servicio ubicadas en un radio máximo de 20 kilómetros de pasos de frontera...
Actualidad Redacción 220.UYCompartir
A través de una resolución divulgada este jueves 28 de enero, se dio a conocer que: considerando que el Poder Ejecutivo ha dejado sin efecto el cierre total de los pasos fronterizos de ingreso al país, resolución que cuenta con la autorización del Ministerio de Economía y Finanzas, firmada por la Directora General de Rentas.
1) Fíjase la reducción del impuesto Específico Interno (IMESI)a que refiere el artículo 1º del decreto Nº398/007 de 29 de octubre de 2007, en los siguientes valores:
- 24% para las enajenaciones de naftas realizadas en las estaciones de servicio ubicadas en un radio máximo de 20 kilómetros de los pasos de frontera a que refiere el numeral 1 del inciso primero del artículo 2º del decreto Nº398/007 de 29 de octubre de 2007.
2) Lo dispuesto en la presente resolución regirá para las enajenaciones de nafta que se realicen a partir del 1º de febrero de 2021 inclusive.
https://www.dgi.gub.uy/wdgi/afiledownload?2,4,381,O,S,0,36164%3BS%3B1%3B126,
LO INFORMADO POR LA DGI.
Reducción del IMESI en enajenaciones de nafta en proximidades de pasos de frontera
A partir del próximo 1° de febrero la reducción del impuesto aplicable a enajenaciones de nafta en estaciones de servicio ubicadas en un radio máximo de 20 kilómetros de pasos de frontera con la República Argentina y la República Federativa de Brasil será la establecida en la Resolución Nº 147/2021 de 28 de enero de 2021.
De acuerdo al Decreto 398/007, los pasos de frontera referidos son:
Con la República Argentina:Fray Bentos - Puerto Unzué
Paysandú - Colón
Salto - Concordia
Con la República Federativa de Brasil:Chuy
Río Branco
Aceguá
Rivera
Artigas
Bella Unión